Pedro Caminos: “El presidente puede designar jueces en comisión por un año”

Hablamos con Pedro Caminos, Abogado y profesor de derecho constitucional, sobre el decreto que designó a Ariel Lijo y Manuel García Masilla en la Corte Suprema.

“La designación de los jueces en la Corte Suprema es un procedimiento complejo, porque requiere la intervención tanto del presidente de la Nación como del Senado. El presidente envía el pliego de una persona para ocupar un cargo en la Corte, y el Senado decide si presta o no el acuerdo.”

“La Constitución establece un artículo que define este procedimiento como el habitual para la designación de jueces en la Corte, pero también hay un inciso que establece un procedimiento excepcional.”

“Si se produce una vacante en uno de los cargos, el presidente puede, por el plazo de un año, designar a una persona en comisión para cubrir ese puesto.”

“Cuando Mauricio Macri asumió la presidencia en 2015, una de las primeras medidas que tomó fue designar en comisión a Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti. La diferencia fue que Macri intentó desde el inicio la asignación por comisión. En el caso actual, el gobierno trató de seguir el procedimiento del inciso 4, lo que se dilató en el tiempo, y Javier Milei esperó a que el Senado no tomara el tema para dictar el decreto de ayer.”

“Si los Senadores de Unión por la Patria actúan como bloque y proponen pedir el tratamiento de los pliegos en el Senado cuando se inauguren las sesiones extraordinarias para rechazar ambos pliegos, surgirá una discusión que podría tornarse abstracta.”