"A partir de su publicación opera el control político interior que realiza el Congreso para ver si es valido o invalido, va a una comisión bicameral, la comisión bicameral emite un dictamen y despues las demas camaras lo tratan. El problema es que no hay plazo para que lo traten"
"Si una sola cámara lo aprueba ya se considera aprobado lo que es inconstitucional enfrentarse a la ley"
"El otro es el camino de la justicia, que las personas afectadas por el DNU interpongan acciones con una medida cautelar para que se suspenda su aplicación hasta que se resuelva si es inconstitucional o no en su totalidad por la forma que fue emitido o parcialmente porque algunos de sus artículos viola los derechos de las personas"
"Si uno cuestiona el uso de los Decretos de Necesidad y Urgencia y la no habilitación constitucional en torno a los requisitos que la constitución establece ahi tenes que ir a contención administrativa federal. Si lo que se va a cuestionar es la derogación de la Ley de Alquileres, tenes que ir a la justicia Nacional, si vas a cuestionar temas vinculadas a lo laboral, la justicia nacional de trabajo. Depende de la temática que se invoque y los derechos en juego para ver el fuero donde uno puede interponer una acción judicial"
"Me parece que hay una objeción general al DNU que se dictó. Primero no existe una situación de emergencia objetiva tal cual lo requiere la constitución, aca lo que hay es una urgencia subjetiva política de alguien que gana una elección y quiere imponer un modelo político más allá de discutirlo en el Congreso. Ahi tenes la violación de los condicionamientos administrantes que establece la constitución para el dictado de los DNU"
"Esta situación que describe políticamente Javier Milei para basar todas estas medidas no es lo mismo que la pandemia, el Congreso funciona puede debatir y ver si aprueba o no el proyecto político del presidente"
"El estado regula los mercados en cuanto a producción, ofertas, bienes y servicios, para proteger a los más débiles. Si vos desregulas mercados y dejas solo al que produce bienes y servicios lo pones bajo una situación de extrema vulnerabilidad"
"Esto es un caso que va a llegar muy rápido a la Corte Suprema de Justicia por alguna vía y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia es tajante y contraria a la forma que se ha dictado este DNU"
"Esto es un intendo de suma del poder público, que está prohibido por la constitución en el artículo 29. También está prohibiendo que el ejecutivo abusando de su poder intente obtener la suma del poder público y esto es lo que está intentando hacer Javier Milei"
Andrés Gil Domínguez: "No existe una situación de emergencia objetiva para plantear un DNU"
Hablamos con Anrés Gil Domínguez, abogado consitutcionalista, sobre el DNU que presentó Javier Milei para la desregulación de la economía.